Ley segunda oportunidad Abogactiva le asesora
Los servicios de Abogactiva especialistas en la ley de segunda oportunidad son imprescindibles si pretendes librarte de tus deudas. Esta norma de 2015 permite a particulares y autónomos abrumados por su situación económica desembarazarse de sus deudas… siempre que cumplan ciertos requisitos.
Ten en cuenta que no se trata de un mecanismo que te permita evitar pagos. En realidad, la finalidad de la ley de segunda oportunidad es permitirte empezar de nuevo. De modo que perderás todo tu patrimonio y no podrás volver a recurrir a ella en un plazo de diez años.
Por eso es imprescindible contar con la asistencia de un especialista en derecho concursal, que te explicará si te interesa o no acogerte a la ley de segunda oportunidad y cómo hacerlo.
Cómo puede ayudarte Abogactiva especialistas en ley de segunda oportunidad
En primer lugar, para recurrir a la ley de segunda oportunidad deberás cumplir ciertos requisitos. Estos buscan comprobar que eres un “buen pagador”, y que tu insolvencia se debe a circunstancias ajenas a tu voluntad.
Por tanto, tendrás que acreditar que no has provocado ni agravado tu insolvencia. Esto incluye:
No haber rechazado ofertas de empleo adecuadas en los últimos cuatro años.
Ni haber recurrido a la ley de segunda oportunidad en los últimos diez.
Tampoco haber sido declarado culpable en un concurso de acreedores, ni haber cometido ciertos delitos económicos o sociales.
Además, tendrás que haber liquidado o cedido en o para pago todo tu patrimonio. Solo cuando no te queden bienes con los que afrontar la deuda y hayas actuado de buena fe podrás emplear las soluciones que regula esta norma.
Abogactiva especialista en la ley de segunda oportunidad te ayudará a acreditar que concurren todos estos requisitos. También te asistirá en la presentación y negociación del acuerdo extrajudicial de pagos.
Este acuerdo es una renegociación de deuda, que busca posibilitar la satisfacción de tus deudas introduciendo quitas y esperas. Es una condición indispensable para acudir a una eventual exoneración de deudas. En caso de fracasar las negociaciones, un civilista o mercantilista con experiencia en la materia podrá conseguir la exoneración de deudas en sede concursal.
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